{"id":44519,"date":"2024-10-12T00:01:00","date_gmt":"2024-10-12T06:01:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.opinionpublica.tv\/portada\/?p=44519"},"modified":"2024-10-09T20:26:46","modified_gmt":"2024-10-10T02:26:46","slug":"morena-y-la-cuadratura-del-circulo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.opinionpublica.tv\/portada\/morena-y-la-cuadratura-del-circulo\/","title":{"rendered":"Morena y la cuadratura del c\u00edrculo"},"content":{"rendered":"\n<h4 class=\"wp-block-heading\"><strong><em>Jorge G. Casta\u00f1eda<\/em><\/strong><\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">______________________________<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A ra\u00edz de la decisi\u00f3n de la Suprema Corte, ahora refrendada, de dar entrada a la solicitud de revisi\u00f3n de la reforma constitucional del Poder Judicial, coment\u00e9 hace unos d\u00edas que se presentaba un dilema abstracto interesante. Adem\u00e1s de las posibles objeciones que pudiera haber en materia de procedimiento, es decir, que en la aprobaci\u00f3n de la reforma constitucional se hayan violado o no determinados pasos que marca la Constituci\u00f3n para ser modificada, exist\u00eda el dilema de si una reforma constitucional puede ser inconstitucional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">As\u00ed como lo dijo el ministro Laynez, \u00bfqu\u00e9 pasar\u00eda, por ejemplo, si el Congreso, siguiendo todos los procedimientos, aprobara una modificaci\u00f3n constitucional que condenara a pena vitalicia a cualquier mujer que interrumpiera su embarazo? Agregu\u00e9 a ese caso hipot\u00e9tico el de un Congreso de extrema derecha dentro de quince a\u00f1os que prohibiera la contrataci\u00f3n de antiguos militantes de Morena, o de jud\u00edos, o de pueblos originarios. M\u00e1s all\u00e1 de lo que finalmente decida la Corte, y sigo creyendo que al final del camino va a optar por no generar una crisis constitucional al fallar que no puede ella tumbar una reforma constitucional aprobada debidamente por el Congreso, creo que legisladores de Morena encontraron la cuadratura del c\u00edrculo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde luego que hay motivos para determinar el car\u00e1cter inconstitucional de una reforma constitucional. Puede ser su incompatibilidad con otros art\u00edculos de mayor antig\u00fcedad o jerarqu\u00eda en la misma Constituci\u00f3n. Puede ser su incompatibilidad con ciertos tratados internacionales firmados y ratificados por M\u00e9xico, y que tienen el mismo nivel jer\u00e1rquico que la propia Constituci\u00f3n. O puede ser la incompatibilidad con lo que algunos llaman el \u201cesp\u00edritu\u201d de la Constituci\u00f3n, es decir, una serie de ideas que anteceden a todos los cambios que se puedan haber realizado ahora o en todo caso que constituyen la parte medular de la propia Constituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero existe un ant\u00eddoto, que ingeniosamente descubrieron los de Morena, y que si lo utilizan van a crear un precedente para seguir por ese mismo camino. No recuerdo exactamente qui\u00e9n fue el legislador morenista que lo plante\u00f3, pero en todo caso s\u00e9 cu\u00e1l es la sustancia. Se tratar\u00eda de que el Congreso aprobara una reforma constitucional prohibiendo que la Suprema Corta revise la constitucionalidad de otras reformas constitucionales: una especie de segunda o incluso tercera derivada. Y, en efecto, el Congreso puede perfectamente aprobar una modificaci\u00f3n constitucional de esta naturaleza. Lo que es m\u00e1s, puede aprobar absolutamente cualquier cosa que se le ocurra, como ya lo ha hecho en m\u00faltiples ocasiones a lo largo de nuestra historia. Morena no es la primera organizaci\u00f3n que hace y deshace la Constituci\u00f3n como se le da su regalada gana. Pero esta idea me parece especialmente inteligente y pertinente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Quedar\u00eda entonces ya sin tema la pregunta de si la Suprema Corte puede o no opinar sobre la constitucionalidad de una modificaci\u00f3n constitucional, en vista de que ya se hubiera aprobado una reforma constitucional que le proh\u00edbe hacer eso. Claro: la Corte podr\u00eda sostener que esa misma reforma constitucional que le proh\u00edbe revisar la constitucionalidad de otras reformas es a su vez inconstitucional, y as\u00ed nos ir\u00edamos hasta el infinito.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Huelga decir que esto le dar\u00eda kilometraje a decenas de constitucionalistas que saben mucho m\u00e1s que yo sobre esto, desde luego, y podr\u00eda incluso crear precedentes a escala mundial. Porque es evidente que este tipo de dilema existe en otros pa\u00edses. La gran diferencia con M\u00e9xico es que, en principio, las modificaciones constitucionales son extraordinariamente dif\u00edciles y por lo tanto requieren de hecho del equivalente de un consenso pleno de las fuerzas pol\u00edticas presentes en un Congreso. Algo por el estilo sucedi\u00f3, por ejemplo, con la \u00faltima reforma constitucional en Francia, que incorpor\u00f3 a la Carta Magna de la V Rep\u00fablica el derecho de las mujeres a interrumpir su embarazo. Pero de todos modos habr\u00e1 con que divertirse durante un buen rato.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El \u00fanico problema es que se trata de asuntos muy serios, que pueden generar una situaci\u00f3n donde la mayor\u00eda ilegalmente lograda por Morena en ambas c\u00e1maras, y en particular en la C\u00e1mara de Diputados -porque, en principio, extorsionar a senadores, o corromperlos, o torcerlos de una manera o de otra, no es en la realidad de nuestro M\u00e9xico un delito- podr\u00edan aprobarse cualquier cantidad de modificaciones constitucionales, las que no tienen la menor relevancia -como muchas que se van a aprobar en estos d\u00edas- o las que s\u00ed pueden resultar trascendentes. En todo caso, felicito al legislador de Morena al que se le ocurri\u00f3 esta astucia: es muy ingeniosa.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jorge G. Casta\u00f1eda ______________________________ A ra\u00edz de la decisi\u00f3n de la Suprema Corte, ahora refrendada, de dar entrada a la solicitud de revisi\u00f3n de la reforma constitucional del Poder Judicial, coment\u00e9 hace unos d\u00edas que se presentaba un dilema abstracto interesante. Adem\u00e1s de las posibles objeciones que pudiera haber en materia de procedimiento, es decir, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":6,"featured_media":43385,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_monsterinsights_skip_tracking":false,"slim_seo":{"title":"Morena y la cuadratura del c\u00edrculo - Opini\u00f3n P\u00fablica","description":"Jorge G. 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