{"id":12056,"date":"2017-02-27T07:00:00","date_gmt":"2017-02-27T06:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.opinionpublica.tv\/portada\/2017\/02\/27\/una-buena-idea\/"},"modified":"2017-02-27T07:00:00","modified_gmt":"2017-02-27T06:00:00","slug":"una-buena-idea","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.opinionpublica.tv\/portada\/una-buena-idea\/","title":{"rendered":"Una buena idea"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\"><em>Proceso\u00a0<\/em>public\u00f3 ayer un borrador de proyecto de decreto presidencial que algunos miembros de la Canciller\u00eda le presentar\u00e1n en estos d\u00edas al gobierno de Pe\u00f1a Nieto. Se refiere en particular al famoso \u201cmuro\u201d y a las prohibiciones que habr\u00eda que establecer para la participaci\u00f3n de personas f\u00edsicas o morales mexicanas en la construcci\u00f3n del mismo. Conviene citarlo en detalle para ver en qu\u00e9 forma M\u00e9xico puede entorpecer la edificaci\u00f3n del muro: postergarla, encarecerla, obstruirla, aun sabiendo que a la larga es probable que se haga. Todo yace en la definici\u00f3n de a la larga.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El documento dice: \u201cNing\u00fan servidor p\u00fablico de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Federal podr\u00e1 participar en ning\u00fan tipo de negociaci\u00f3n, con representante alguno del Gobierno de los Estados Unidos de Am\u00e9rica (EUA), que directa o indirectamente guarde o pueda guardar relaci\u00f3n alguna con la realizaci\u00f3n de obras o actividades tendientes a construir, mantener, extender o completar la construcci\u00f3n de un muro en territorio de dicho pa\u00eds, a lo largo de la frontera entre los dos pa\u00edses, ni con ning\u00fan tipo de participaci\u00f3n nacional en dichas obras o actividades, o en su financiamiento.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Cualquier servidor p\u00fablico de la Secretar\u00eda de Relaciones Exteriores (SRE) que reciba cualquier tipo de comunicaci\u00f3n de parte del Gobierno de EUA que, directa o indirectamente, guarde o pueda guardar relaci\u00f3n con las obras o actividades relativas al muro fronterizo, se limitar\u00e1 exclusivamente a comunicarla\u2026 al Secretario de Relaciones Exteriores, quien\u2026 resolver\u00e1 lo conducente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En todo caso, cualquier comunicaci\u00f3n diplom\u00e1tica autorizada expresamente por acuerdo del Secretario de Relaciones Exteriores, se efectuar\u00e1 exclusivamente por escrito mediante notas diplom\u00e1ticas verbales, pudiendo solamente versar sobre la producci\u00f3n, prevenci\u00f3n, soluci\u00f3n y resarcimiento de efectos, impactos, da\u00f1os y perjuicios de cualquier tipo que se produzcan o pudieran resentir en territorio de los Estados Unidos Mexicanos (EUM), o en el medio ambiente y los recursos naturales transfronterizos de la \u201cZona Fronteriza\u201d, definida en el Art\u00edculo 4 del Convenio sobre Cooperaci\u00f3n para la Protecci\u00f3n y Mejoramiento del Medio Ambiente en la Zona Fronteriza, suscrito por los dos pa\u00edses el 14 de agosto de 1983.\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u201cLa SRE no dar\u00e1 tr\u00e1mite a solicitudes de permiso de personas f\u00edsicas de nacionalidad mexicana, que se formulen en el marco de la fracci\u00f3n II del apartado b) del art\u00edculo 37 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los EUM, para prestar servicios de cualquier \u00edndole a cualquier dependencia del gobierno Federal o de los gobiernos estatales de EUA, ni a cualquier persona f\u00edsica o jur\u00eddica que tenga cualquier tipo de contrato, autorizaci\u00f3n, licencia o concesi\u00f3n, que est\u00e9n directa o indirectamente relacionados con la continuaci\u00f3n o mantenimiento de las obras destinadas a construir, mantener, extender o completar la construcci\u00f3n de un muro en territorio de los EUA, a lo largo de la frontera com\u00fan entre los dos pa\u00edses.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La SRE tomar\u00e1 todas las medidas\u2026 para asegurar que se aplique la sanci\u00f3n prevista en el mencionado precepto constitucional, a cualquier persona f\u00edsica de nacionalidad mexicana que participe directa o indirectamente en dichas obras. Ning\u00fan permiso vigente otorgado a personas f\u00edsicas de nacionalidad mexicana, para prestar servicios oficiales al Gobierno de los EUA, podr\u00e1 ejercerse para participar, directa o indirectamente, en la realizaci\u00f3n de obras o actividades de cualquier manera relacionados con la continuaci\u00f3n o mantenimiento de las obras destinadas a construir, mantener, extender o completar la construcci\u00f3n de un muro en territorio de los EUA, a lo largo de la frontera com\u00fan entre los dos pa\u00edses.\u201d<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los Secretarios de Relaciones Exteriores y de Econom\u00eda someter\u00e1n (al) Presidente de la Rep\u00fablica\u2026 un acuerdo que permita prohibir y sancionar la participaci\u00f3n de personas jur\u00eddicas nacionales, as\u00ed como la participaci\u00f3n de personas f\u00edsicas de nacionalidad mexicana en personas jur\u00eddicas extranjeras, que de cualquier manera involucre su participaci\u00f3n, directa o indirectamente, en las obras o actividades destinadas a construir, mantener, extender o completar la construcci\u00f3n de un muro en territorio de los EUA, a lo largo de la frontera com\u00fan entre los dos pa\u00edses, previendo las sanciones legales correspondientes (y) la adquisici\u00f3n, venta, comercio y exportaci\u00f3n de materias primas, recursos materiales y bienes o servicios nacionales de cualquier tipo, destinados a ser utilizados\u2026 (etc.)<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En caso de que el gobierno de EUA pretenda efectuar o efect\u00fae cualquier acto de presi\u00f3n o coerci\u00f3n sobre el gobierno de EUM o sus nacionales, para proveer a la financiaci\u00f3n de cualquier forma o en cualquier medida, de las obras y actividades destinadas a construir, mantener, extender o completar la construcci\u00f3n de un muro en territorio de los EUA, a lo largo de la frontera entre los dos pa\u00edses, el Secretario de Relaciones Exteriores proceder\u00e1 a cursar las notas diplom\u00e1ticas necesarias, para denunciar y dar por terminados todos los acuerdos bilaterales, de la naturaleza que sean, en materia de cooperaci\u00f3n legal, migratoria, de seguridad, de tr\u00e1fico internacional de estupefacientes y otras actividades ilegales transfronterizas.\u201d<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Proceso\u00a0public\u00f3 ayer un borrador de proyecto de decreto presidencial que algunos miembros de la Canciller\u00eda le presentar\u00e1n en estos d\u00edas al gobierno de Pe\u00f1a Nieto. 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