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¿Puede Claudia Sheinbaum eliminar el nuevo impuesto a los videojuegos violentos?

¿puede claudia sheinbaum eliminar el nuevo impuesto a los videojuegos violentos?

Tras la reciente aprobación en la Cámara de Diputados de una reforma a la Ley de Ingresos que impone gravámenes específicos a los videojuegos con contenido violento, ha surgido en el debate público la interrogante de si la presidenta de la República, Claudia Sheinbaum Pardo, tiene la facultad de anular dicha medida de forma directa.

La respuesta, fundamentada en el marco constitucional mexicano, es un rotundo no: el Ejecutivo carece de facultades para derogar unilateralmente una norma emanada del Poder Legislativo.

La imposibilidad de la presidenta para dejar sin efecto esta reforma radica en el principio de división de poderes, columna vertebral de la democracia en México.

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el sistema de gobierno se divide en funciones diferenciadas para evitar la concentración del poder en una sola figura.

El Artículo 72 de la Constitución establece que la facultad de crear, reformar o derogar leyes y decretos es competencia exclusiva del Congreso de la Unión.

En este sentido, una vez que la Cámara de Diputados aprobó la reforma a la Ley de Ingresos para establecer impuestos a los videojuegos, este se convirtió en un mandato legal que el Ejecutivo está obligado a cumplir.

Otro artículo constitucional, el 89 en su fracción I, establece que la facultad del Ejecutivo es «promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia», es decir, que la Presidenta debe ejecutar los efectos de la mencionada reforma, e intentar derogar el impuesto mediante un decreto presidencial sería un acto inconstitucional.

Vía administrativa como alternativa

La vía administrativa puede funcionar como una alternativa de corto plazo, mediante la emisión de un decreto presidencial de estímulo fiscal, con fundamento en el artículo 39, fracción I, del Código Fiscal de la Federación.

A través de dicho decreto, el Ejecutivo Federal estaría facultado para otorgar exenciones, reducciones o créditos fiscales respecto del IEPS aplicable a los videojuegos.

En este sentido, el estímulo fiscal permitiría neutralizar el cobro, pero no corregiría la inconsistencia normativa de fondo, ni otorgaría certeza jurídica a largo plazo a los contribuyentes. Se trataría solo de una medida de contención administrativa, útil para evitar la aplicación inmediata de un impuesto inviable, pero insuficiente como solución definitiva.

El camino para eliminar impuestos a los videojuegos violentos

La constitución advierte que una norma solo puede ser eliminada o modificada siguiendo el mismo procedimiento que se utilizó para su creación.

Dado que el impuesto a los videojuegos violentos fue introducido mediante una reforma a una ley federal (la Ley de Ingresos), su eliminación requiere de un nuevo proceso legislativo completo.

La abrogación del impuesto a los videojuegos debe someterse a la ruta legislativa correcta, la cual comprende los siguientes pasos obligatorios:

Derecho de Iniciativa: La Presidenta, haciendo uso de sus facultades bajo el Artículo 71 constitucional, debe redactar y enviar una Iniciativa de Decreto al Congreso de la Unión. En esta iniciativa, debe proponer formalmente la derogación o modificación de los artículos que establecen el impuesto.

Cámara de Origen (Diputados): Al tratarse de un tema fiscal, la iniciativa debe entrar forzosamente por la Cámara de Diputados. Ahí, sería turnada a la Comisión de Hacienda y Crédito Público, donde los legisladores analizarían el impacto en las finanzas públicas si se deja de percibir ese ingreso.

Discusión y Votación: Una vez dictaminada en comisión, la propuesta debe ser discutida en el Pleno. Para ser aprobada, requiere de la mayoría simple (la mitad más uno de los presentes).

Cámara Revisora (Senado): Si los diputados aprueban la eliminación del impuesto, la minuta se envía al Senado de la República. Los senadores deben ratificar la decisión para que el proceso legislativo sea válido.

Promulgación y Publicación: Solo después de que ambas cámaras coincidan en eliminar el impuesto, el decreto regresa a manos de la Presidenta para su firma y posterior publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con información de El Universal.

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