
Los ejemplares de fauna silvestre que convivan en un ambiente doméstico deben ser adquiridos en tiendas debidamente autorizadas y tener documentada su legal procedencia de criaderos registrados en condiciones controladas e idóneas denominadas UMA Intensiva o predios e instalaciones que manejan vida silvestre fuera de su hábitat natural.
Estos trámites deben ser gestionados ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología (SDUE), a cargo de Cecilia Olivia Olague Caballero, a través del Departamento de Vida Silvestre y mediante un formato que debe contener el nombre común del ejemplar que se pretenda registrar como mascota, el nombre científico que le corresponda, anotando el género y especie, en su caso subespecie, así como el número, la cantidad de ejemplares que correspondan a esa especie y el sexo del o los ejemplares a registrar.
Además deberá de registrarse la edad del o los ejemplares (puede ser un dato aproximado), describir si el o los ejemplares presentan alguna seña particular, especificar el lugar y/o forma en la que obtuvo al o los ejemplares.
Finalmente, es necesario presentar documentos anexos tales como factura, fotografía del ejemplar, tipo de marcaje que utiliza el o los ejemplares, (chip, anillo, arete, otro), certificado veterinario, fotografías de las instalaciones donde se tiene el o los ejemplares, así como los datos completos del solicitante.
Fuente: El Observador





