El T-MEC, el TLCAN, y la ley

Jorge G Castañeda

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En estos últimos días, a raíz de declaraciones de Donald Trump, del Representante comercial Jamieson Greer, y de la visita del primer ministro Carney a la Casa Blanca, han surgido varias reflexiones en México sobre el carácter del T-MEC y sobre lo que pueda suceder en la llamada revisión o renegociación.

Estas reflexiones encierran muchos elementos ciertos y algunos errores factuales. Quisiera comentar dos de ellos.

En primer lugar, cualquier cambio significativo en la redacción del T-MEC, y que vaya más allá de una simple modificación de fechas o de ciertas cifras de menor importancia, va a tener que ser aprobado por ambas cámaras del Congreso de Estados Unidos.

Llámese revisión o renegociación, lo importante es que las modificaciones obligatoriamente tienen que ser ratificadas por ambas cámaras por mayoría simple. Esto podría suceder, si todo acontece con celeridad, en el segundo semestre del 2026, es decir, antes de las elecciones de medio periodo de noviembre de ese mismo año.

Uno puede –y las autoridades mexicanas deben– preguntarse si hay la posibilidad de una votación legislativa a escasas semanas o incluso meses de dichos comicios. Mi impresión es que es difícil que pase. Más bien el nuevo acuerdo, cualquiera que sea su contenido, no entrará en vigor si no hasta principios del 2027, debido a este calendario electoral y legislativo norteamericano. Lo que hagan México o Canadá es irrelevante a este respecto.

La segunda reflexión es de mayor trascendencia. Desde 1992 se estableció una diferencia fundamental entre el estatuto o la naturaleza jurídica de lo que entonces se llamaba el TLCAN en castellano o el NAFTA en inglés. Esto se aplica sobre todo a México y Estados Unidos. La situación canadiense es diferente y un poco peculiar ya que en Canadá, en principio, no se firman tratados, sino que el Parlamento ratifica el acta de implementación de un acuerdo celebrado por el Ejecutivo.

En México, desde un principio, el TLCAN y el TMEC fueron tratados. Por eso se llama Tratado de Libre Comercio de América del Norte o Tratado México, Estados Unidos y Canadá. En Estados Unidos nunca se consideró un tratado sino un acuerdo. Por eso se llama North American Free Trade Agreement o United States-Mexico, Canada Agreement. En el caso de México, el Senado ratificó por mayoría de dos tercios estos tratados, como todos los demás tratados que firma México con otros países.

En Estados Unidos no son tratados y sólo son ratificado por mayoría simple en ambas cámaras. Un tratado tiene que ratificarse por las dos terceras partes del Senado exclusivamente.

Esta diferencia hace que la situación jurídica del mismo instrumento sea distinta en los dos países. En Estados Unidos el T-MEC es, como dice la presidenta Sheinbaum, una ley, más no es un tratado que se sitúa por encima de las leyes internas norteamericanas. En México, el T-MEC es un tratado que se sitúa por encima de las leyes mexicanas y con el mismo valor jurídico que la Constitución. La diferencia es muy significativa.

Por ejemplo, cuando Estados Unidos aplica aranceles por “emergencias económicas” o cuestiones de “seguridad nacional” no está violando el tratado, porque no hay tal. Está invocando una ley que puede contradecir en su caso otra ley, pero que tiene el mismo valor jurídico. En México no es el caso. Esto puede llevar a cambios muy importantes en el texto que se empezará a revisar o renegociar en estos meses y sobre todo el año entrante.

Hace mucho tiempo le pregunté al expresidente Carlos Salinas si cuando se iniciaron las negociaciones con Estados Unidos en 1990 sobre el TLCAN esto fue algo que se discutió de manera explícita con el entonces presidente Bush padre y su equipo.

Si recuerdo bien, respondió que no fue un tema. Para México lo importante era que Estados Unidos lo aprobara, cualquiera que fuera el status jurídico que quisiera darle. Seguramente en ese momento esa era la posición más sensata. Pero no dejaba de tener consecuencias, como lo hemos visto a lo largo de los últimos 35 años.

Valdría mucho la pena que ya sea la Secretaría de Economía, ya sea la Secretaría de Relaciones Exteriores, ya sea la Consejería Jurídica de la Presidencia, informaran al país y al Congreso mexicano de esta situación de cierta complejidad.

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