Confirman desaparición de la Policía Federal en 18 meses


Ciudad de México.- El Ejecutivo federal propuso al Senado la transferencia total de la Policía Federal a la nueva Guardia Nacional en un plazo de hasta 18 meses.

En la iniciativa de Ley de la Guardia Nacional, entregada al Senado por Alfonso Durazo, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, plantea que el proceso de transferencia inicie formalmente con las Divisiones de Fuerzas Federales y Gendarmería.

Da un plazo máximo de 30 días, contados a partir de la entrada en vigor de la ley, para pasar a la Guardia los recursos humanos, materiales y financieros de ambas divisiones.

“Dentro de un plazo no mayor de 18 meses deberá concluirse la transferencia a la Guardia Nacional, de todas las divisiones y unidades administrativas de la Policía Federal. La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana gestionará la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de los acuerdos de transferencia», señala la iniciativa en los artículos transitorios.

El aval a esta propuesta implicaría la desaparición de la corporación federal creada en 1999, que cuenta con siete divisiones y más de 40 mil elementos.

Como lo establece la reforma constitucional por la que se creó la Guardia, se prevé que la nueva fuerza de seguridad inicie operaciones con agentes de las Policías Federal, Naval y Militar.

Concentración

De acuerdo con esta nueva ley, Alfonso Durazo, Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, tendrá el mando definitivo del órgano de seguridad nacional.

El artículo 14 establece: «La Guardia Nacional realizará sus operaciones mediante una estructura que comprenderá los siguientes niveles de mando: El Secretario, el Comandante, el Mando Territorial, el Mando Estatal y el Mando de Unidad.»

Durazo tiene también facultades para «autorizar, a propuesta del Comandante, la distribución territorial de la Guardia» y «designar y relevar al personal de la Guardia Nacional en los cargos administrativos y aprobar, a propuesta del Comandante, los manuales de organización, de procedimientos y de servicio al público de la Guardia Nacional».

Apuestan a limitar el uso de la fuerza

El Gobierno federal quiere impedir el uso de armas de fuego en manifestaciones por parte de las instituciones de seguridad pública.

En la iniciativa de Ley Nacional sobre Uso de la Fuerza, el Ejecutivo plantea la prohibición del uso de armas para controlar o dispersar manifestaciones, o como señal de advertencia.

“El bloqueo civil de avenidas no ameritará en ningún caso el ejercicio de fuerza letal”, indica la iniciativa entregada al Senado.

“Las manifestaciones civiles que se tornen violentas deberán enfrentarse mediante medios no letales», agrega.

El Ejecutivo federal además propone que las instituciones de seguridad cuenten con protocolos para el cuidado de menores, adultos, personas con discapacidad y grupos vulnerables.

Las detenciones realizadas durante manifestaciones civiles, agrega, deberán atender los principios de máxima publicidad, debido proceso y plena identificación de los detenidos.

De aprobarse la iniciativa, estas disposiciones serán de observancia general en todo el territorio nacional para las instituciones de seguridad pública.

A tono con los protocolos de la Policía Federal y las Fuerzas Armadas, el texto hace hincapié en que los cuerpos de seguridad sólo podrán usar la fuerza cuando sea estrictamente necesario.

Subraya que el uso de armas de fuego se considera una medida extrema. No obstante, se pueden utilizar ante una agresión real o inminente, o bien, cuando se ponga en peligro la vida o integridad física del policía o terceros.

Los distintos niveles de reacción que prevé la ley son controles cooperativos, control mediante contacto, técnicas de sumisión, tácticas defensivas y fuerza letal.

A detalle

La iniciativa de Ley de la Guardia Nacional entregada al Senado considera:
FACULTADES

– Operativos encubiertos e intervención de comunicaciones

– Acciones de prevención de delitos y faltas administrativas

– Actuación en todo el territorio nacional- Serán primeros respondientes ante la comisión de delitos

INDISCIPLINA
– De 30 a 70 años de prisión al personal que se «incorpore» al crimen organizado

– Destituidos e inhabilitación por un plazo igual al de la penalidad

– De 15 a 60 años de cárcel a por uso de sus facultades a favor de la delincuencia

– De 15 a 60 años por proteger o adiestrar a un criminal

PROHIBICIONES

– Asistir uniformados a bares, cantinas o prostíbulos

– Filtrar algún tipo de información

– Abstenerse de infligir o tolerar actos de tortura, crueles o degradantes

 

Con información de Reforma.

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